El 3 de septiembre de 2025, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) emitió un decreto presidencial que prohíbe 35 plaguicidas considerados peligrosos para la salud humana, los ecosistemas y la actividad agrícola en México . A pesar de la gravedad de la medida, algunos de estos productos siguen vendiéndose y utilizándose en el campo, alertando sobre un incumplimiento que debe atenderse con urgencia.
Lista oficial de plaguicidas prohibidos
Entre los activos vetados por el decreto se encuentran sustancias peligrosas como:
- 2,4-DB
- Alaclor
- Aldicarb
- Azafenidina
- Azinfos metílico
- Azocyclotin
- Bioresmetrina
- Bromuconazol
- Captafol
- Carbofurano
- Carbosulfan
- Clordano
- Clorpirifos-metil
- DDT
- Diclofop metil
- Dinocap
- Dinoseb
- Disulfoton
- Edifenfos
- Endosulfan
- Fenarimol
- Fenitrotion
- Fention
- Fentoato
- Flusilazol
- Fosfamidon
- Hexaclorociclohexano
- Hexaflumuron
- Lindano
- Metidation
- Óxido de fenbutatin
- Paratión etil
- Quinalfos
- Resmetrina
- Triclorfon
De estas, 13 ya estaban previamente prohibidas para importación entre el 2000 y el 2019, pero pasaron por alto restricciones en su elaboración, venta o uso en México .

Un problema que trasciende la ley
La medida llega ante una preocupación evidente: 20 de estos plaguicidas están vinculados a la muerte masiva de abejas, un problema ecológico y agronómico de alto impacto. Sin embargo, la prohibición no es total: otros cuatro ingredientes activos —fipronil, imidacloprid, tiametoxam y deltametrina— no fueron vetados, pero serán regulados mediante un sistema de venta controlada como parte de la Estrategia Nacional para la Reducción y Uso Adecuado de Plaguicidas .
Además, se elaboró una lista adicional de 20 plaguicidas preocupantes, ampliamente discutidos en medios de comunicación, aunque no incluidos en el decreto. Entre ellos están: glifosato, paraquat, fipronil, malatión, paraquat, metomilo, entre otros .
Desafíos y reflexiones
1. El impacto real de la prohibición
Aunque la decisión legal supone un avance incuestionable en materia sanitaria y ambiental, su eficacia depende de que se cumpla en el campo. La persistencia de estos plaguicidas en el mercado pone en riesgo al consumidor, al ecosistema y a los productores.
2. ¿Qué sigue para los activos regulados?
Si bien fipronil, imidacloprid, tiametoxam y deltametrina no fueron prohibidos, el enfoque de venta controlada implica regulación y capacitación técnica para su uso adecuado. El reto será fiscalizar su distribución y educar al sector agrícola en prácticas más seguras.
3. Es esencial una aplicación efectiva
La prohibición limita el uso, pero también requiere de estrategias de transición, como:
- Capacitación para uso alternativo de productos menos nocivos
- Sistemas de monitoreo y vigilancia tanto en mercados como en cultivos
- Fortalecer la industria nacional de productos agrícolas seguros
4. El papel de los actores clave
Gobierno, agricultores, industria y sociedad civil deben coordinar acciones: desde fomentar la agroecología y sistemas biológicos hasta promover contingencias en caso de incumplimiento, multas y retiro de productos peligrosos.
El decreto del 3 de septiembre de 2025 representa un paso decisivo hacia una agricultura más segura y sustentable en México. Sin embargo, su éxito dependerá de la implementación práctica: normas claras, vigilancia efectiva y transición hacia alternativas menos tóxicas. La salud de los ecosistemas, particularmente de las abejas polinizadoras, y la seguridad de las comunidades rurales están en juego.